Protege Tribunal Agrario elección de comisariado comunal de Aquila

COLIMA, Col., 8 de junio de 2022.- Argumentando que en la Comunidad Indígena de San Miguel Aquila es una constante el que sean impugnadas las elecciones de autoridades comunales, el Tribunal Unitario Agrario 38 por conducto del Magistrado Jorge Arturo Bernal Lastiri concedió la medida precautoria solicitada por escrito por comuneros del grupo mayoritario que se manifestó en el TUA el 25 de mayo, en cuanto a ordenar al comisariado comunal desconocido mediante sentencia emitida el 18 de enero de 2021, que se abstenga de emitir convocatoria para renovar nuevos órganos de representación y vigilancia “ya que de hacerlo generarían inestabilidad social”.

De manera textual el TUA 38 dictaminó que “son procedentes parcialmente las medidas precautorias de aseguramiento solicitadas, para el efecto de que Juan Carlos Martínez Ramos, José Macías Analco y J, Guadalupe López Paulino, se abstengan de la realización de convocatorias para asambleas con el fin de elegir nuevos órganos de representación y vigilancia en la Comunidad Indígena de San Miguel Aquila, municipio de Aquila, estado de Michoacán, ya que de hacerlo se generaría inestabilidad social, toda vez que ha sido una constante en la citada comunidad indígena, el que los grupos que han surgido en ésta, impugnen las asambleas electivas”.

A pregunta expresa sobre la consecuencia de la medida precautoria dictada, el abogado Ricardo Lagunes se congratuló de la congruencia del Tribunal Unitario Agrario, puntualizando que en la sentencia del juicio 449/2019, además de desconocer al comisariado comunal encabezado por Juan Carlos Martínez Ramos, también resolvió que la Procuraduría Agraria emita la convocatoria para la elección de los órganos de representación y vigilancia en la Comunidad Indígena de San Miguel Aquila.

Finalmente, Ricardo Lagunes expresó que la medida precautoria tomada por el Tribunal Unitario Agrario 38 abona a los esfuerzos de la Secretaría de Gobernación, la Procuraduría Agraria y el Registro Agrario Nacional por ordenar legalmente la vida comunal del pueblo nahua de San Miguel Aquila.

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