Congreso emite segunda convocatoria para elegir a quienes integrarán la Comisión de Selección que nombrará al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima
+ El registro y entrega de documentación se presentará ante la oficialía de partes del H. Congreso hasta el 23 de agosto del presente, de lunes a viernes, de 09:00 a 19:00 horas; solo se registrarán las propuestas que acompañen íntegramente la documentación requerida.
En la última sesión ordinaria, las y los diputados del H. Congreso del Estado aprobaron emitir por segunda ocasión la Convocatoria Pública para elegir en condiciones de paridad de género a las personas ciudadanas colimenses que integrarán la Comisión de Selección que nombrará, a las y los integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima, de acuerdo con los espacios vacantes durante el periodo en el que se encuentren en funciones.
La diputada Priscila García Delgado, presidenta de la Comisión de Anticorrupción y Transparencia Gubernamental dio lectura en tribuna al dictamen elaborado por esta comisión, en el que se menciona que la primera convocatoria de referencia estuvo vigente del 18 al 29 de julio de 2022, periodo en el cual, únicamente se recibieron cuatro propuestas de instituciones académicas y de sociedad civil, sin que lograra completarse los once perfiles requeridos de acuerdo a lo previsto en el artículo 18, párrafo primero, fracción primera de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima.
Tras aprobarse en el pleno, entró en vigor el presente Acuerdo con el que la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado de Colima convoca a instituciones de Educación Superior y de Investigación en el Estado de Colima; también a organizaciones de la Sociedad Civil especializadas en materia de fiscalización, de rendición de cuentas, transparencia y combate a la corrupción, domiciliadas en el Estado de Colima, para que propongan a personas candidatas a efecto de integrar en condiciones de paridad de género la Comisión de Selección que nombrará al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima, de conformidad con las siguientes bases:
PRIMERA. De conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y b) de la fracción I del artículo 18 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima, el Congreso del Estado acuerda los requisitos de elegibilidad para designar a las once personas ciudadanas colimenses que integrarán en condiciones de paridad de género, la Comisión de Selección que nombrará a integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima de acuerdo con los espacios vacantes durante el periodo en que se encuentren en funciones, quienes deberán cumplir con lo siguiente:
a) Ser ciudadana o ciudadano colimense con residencia en el Estado, y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles;
b) No haber sido condenado por algún delito doloso, salvo que el tiempo de condena haya sido compurgado;
c) Contar con credencial para votar con fotografía vigente;
d) No haber ocupado la titularidad de los siguientes cargos: del Poder Ejecutivo, de las Secretarías y Subsecretarías de Gobierno del Estado; Fiscalía General de Justicia; Consejería Jurídica; Oficialía Mayor; Magistratura del Supremo Tribunal de Justicia; Magistratura del Tribunal de Justicia Administrativa; Magistratura del Tribunal Electoral del Estado; Magistratura del Tribunal de Arbitraje y Escalafón; Magistratura ni Juzgado del Poder Judicial Federal; Auditoría Superior del Estado; Consejería del Instituto Electoral del Estado; Comisionada o Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado; Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Estado; Presidencia Municipal, Sindicatura, Regiduría. En todos los casos a menos que se haya separado de su cargo un año antes de la publicación de la presente convocatoria;
e) Haber contribuido en materia de fiscalización, de rendición de cuentas, transparencia o de combate a la corrupción;
f) No haber sido dirigente de algún partido político, ni haber registrado candidatura, o haber desempeñado cargo alguno de elección popular durante tres años antes a la fecha de la emisión de la presente convocatoria;
g) No ostentar cargo en Institución eclesiástica, ni ser ministro de algún culto religioso;
h) No haber sido persona inhabilitada para ejercer cargos públicos en el Estado, salvo que el tiempo de inhabilitación haya culminado;
i) No haber sido personas condenadas o sancionadas mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público, por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal y/o como persona deudora o morosa alimentaria, salvo que acrediten estar al corriente del pago o que cancelen en su totalidad la deuda y que no cuenten con registro vigente en algún padrón de esta naturaleza.
SEGUNDA. La Comisión de Anticorrupción y de Transparencia Gubernamental del
H. Congreso del Estado, a través de la Secretaría General del Congreso, será la encargada de recibir las propuestas que hagan las entidades convocadas, de las candidaturas a ocupar alguno de los once cargos para integrar la Comisión de Selección, y para dar cumplimiento a la Base Primera de esta Convocatoria, las Instituciones de Educación Superior y de Investigación y las Organizaciones de la Sociedad Civil especializadas en materia de fiscalización, de rendición de cuentas y combate a la corrupción, deberán presentar sus propuestas, que deberán acompañarse de la siguiente documentación:
1. Currículum Vitae acompañado con fotografía actual y copias de documentos que corroboren el contenido del mismo, debiendo señalar cuales de las actividades o funciones desempeñadas han contribuido en materia de fiscalización, de rendición de cuentas, transparencia o de combate a la corrupción.
2. Copia de Acta de nacimiento y credencial para votar con fotografía en la que se señale domicilio en el Estado de Colima, en caso de que el domicilio no sea visible o no corresponda a la entidad podrá presentarse carta de residencia expedida por la autoridad municipal competente. Ambos documentos acompañados de original para su cotejo.
3. Carta en la que la persona propuesta manifieste bajo protesta de decir verdad que cumple con los requisitos y parámetros establecidos en la Base Primera incisos b), d), e), f), g), h) e i). (Formato único).
4. Escrito libre en el que manifieste que “ha leído y acepta las bases, procedimientos y deliberaciones de la convocatoria, por lo que es su voluntad expresa participar en el proceso de selección para integrar la Comisión de Selección que designará al Comité de Participación Ciudadana del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima”.
5. Escrito que contenga las razones que justifican su idoneidad para ser integrante de la Comisión de Selección para nombrar a las y los integrantes que se encuentran vacantes del Comité de Participación Ciudadana; y
6. Documento oficial en copia simple y original para su cotejo, por el que se acredite el carácter de institución de educación superior y de investigación en el Estado, en su caso, o de organización de la sociedad civil, en cuyo caso, las actas constitutivas que se exhiban no deberán de tener una antigüedad menor a un año.
7. Escrito, donde proporcione número de teléfono y correo electrónico a través del cual pueda recibir notificaciones.
Todos los documentos deberán estar firmados en su margen derecho y al calce. La carta bajo protesta de decir verdad deberá contar con firma autógrafa. Los originales podrán ser requeridos en cualquier momento del proceso para realizar el cotejo de los mismos con las copias exhibidas.
TERCERA. Para los efectos de registro de las candidaturas y recepción de documentos se observará lo siguiente:
El registro y entrega de documentación a que se refiere la Base Segunda se presentarán ante la oficialía de partes de la Secretaría General del H. Congreso del Estado, ubicada en la planta baja del edificio del mismo Congreso, situado en Calzada Pedro A. Galván, esquina Los Regalado, S/N, Zona Centro, Colima, Col.
El registro y recepción de documentos se realizará del día 10 al 23 de agosto del presente año, únicamente de lunes a viernes, en un horario de 09:00 a 19:00 horas.
Sólo se registrarán las propuestas que acompañen íntegramente la documentación requerida y con las formalidades indicadas en la presente.
CUARTA. Agotada la etapa de recepción, la Comisión de Anticorrupción y de Transparencia Gubernamental del H. Congreso del Estado, verificará que los documentos recibidos acrediten los requisitos a que se refiere la Base Segunda de la presente Convocatoria.
Quienes acrediten los requisitos a que se refiere la Base Segunda de la presente Convocatoria, se integrarán a una lista que será publicada en la página electrónica oficial del H. Congreso del Estado (www.congresocol.gob.mx)
QUINTA. Una vez publicada la lista de candidaturas, la Comisión citará a través de los correos electrónicos proporcionados para tal efecto, a las y los postulantes, para que durante los tres días hábiles siguientes comparezcan a entrevista, conforme al calendario que será publicado en la página electrónica del Congreso del Estado, atendiendo lo siguiente:
Las y los candidatos deberán presentarse el día y hora indicado, en caso contrario se tendrá por retirada su candidatura y no será considerada su participación.
Las entrevistas tendrán verificativo en las instalaciones del H. Congreso del Estado, la sesión de trabajo en que se reciba a las y los candidatos tendrá el carácter de pública, participarán en las entrevistas la Comisión de Anticorrupción y de Transparencia Gubernamental, y la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes; debiendo estar presentes la mayoría de los diputados que integran la comisión dictaminadora, la reunión será presidida por la Presidenta de la primera comisión nombrada, y podrán asistir además las y los diputados que así lo deseen, las sesiones de trabajo serán video grabadas para efectos de su posterior publicación.
El desarrollo de la entrevista será conforme al orden y los horarios que la Comisión determine, se recibirán las comparecencias de manera individual, debiendo cada candidata o candidato exponer la idoneidad de su perfil y experiencia para integrar la Comisión de Sección, contando para ello hasta con 15 minutos.
Acto seguido, las y los integrantes de las Comisiones, podrán realizar aquellos cuestionamientos que estimen convenientes, donde las y los candidatos deberán dar respuesta oportuna.
SEXTA. Agotadas las entrevistas, la Comisión de Anticorrupción y de Transparencia Gubernamental del H. Congreso del Estado, en reunión de trabajo de manera conjunta con la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes, hará el análisis de las propuestas, basándose para ello en los perfiles profesionales, la acreditación de la experiencia y contribución en las materias de fiscalización, rendición de cuentas o de combate a la corrupción. A más tardar dentro de los cinco días hábiles siguientes la Comisión de Anticorrupción y de Transparencia Gubernamental del H. Congreso del Estado someterá a la discusión y votación de los integrantes de su comisión, el dictamen con proyecto de acuerdo con el listado de las once candidaturas idóneas a integrar la Comisión de Selección, y una vez aprobado, lo remitirá a la Junta de Gobierno y Coordinación Política para que sea incluido en el orden del día de la Sesión Ordinaria más próxima. Dicho listado no será vinculatorio en la decisión que tome el Pleno del Congreso.
SÉPTIMA. Una vez recibido el dictamen, quienes integran la Junta de Gobierno y Coordinación Política determinarán, conjuntamente con la Presidencia de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado, convocar a sesión para efectos de su lectura, discusión, y aprobación, en su caso.
De no aprobarse el dictamen, la Comisión de Anticorrupción y de Transparencia Gubernamental del H. Congreso del Estado elaborará un nuevo dictamen, el cual podrá presentarse al Pleno del Congreso en el mismo período de sesiones.
OCTAVA. Hecha la aprobación por el Pleno de quiénes integrarán la Comisión de Selección, se procederá a la toma de protesta de ley de las personas que entran en funciones de manera inmediata, de ser posible, en la misma sesión, para lo cual se abrirá un espacio solemne.
NOVENA. 10 diez de las personas postuladas que resulten electas para el cargo de integrantes de la Comisión de Selección, lo desempeñarán por un período de tres años, por única ocasión y toda vez que se encuentra en funciones un solo miembro del comité de selección anterior, se procederá a elegir a una persona que ocupará dicho espacio una vez concluido el periodo para el que se le eligió al Comisionado que se encuentra en funciones, y por el resto del periodo de tres años para el que fueron electos los integrantes de la Comisión.
El cargo de integrante de la Comisión de Selección se ejercerá de forma honorífica, y no podrán participar ni ser designados como integrantes del Comité de Participación Ciudadana por un periodo de seis años contados a partir de que culmine su periodo como integrantes de la Comisión de Selección.
DÉCIMA. El Congreso del Estado a través de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, podrá designar recursos económicos específicos para erogar los gastos propios de las funciones que realice el Comité de Selección, tales como los relativos a la página web, publicaciones en periódicos y aquellos exclusivos a los periodos en que deba de llevarse a cabo el procedimiento de selección de los integrantes del Comité de Participación Ciudadana.
DÉCIMA PRIMERA. Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por la Comisión de Anticorrupción y de Transparencia Gubernamental del H. Congreso del Estado.
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